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Las ayudas tendrán por objeto la puesta en marcha de programas de empleo dirigidos a la colocación en el mercado de trabajo de las personas desempleadas, mediante el ensayo de fórmulas experimentales de actuación y tratamiento integrado de la inserción laboral.
Beneficiarios
Las acciones a las que se refiere este programa, irán orientadas, con carácter general, a la mejora de la ocupación e integración de los trabajadores y trabajadoras en situación de desempleo señalados como prioritarios en la definición anual del Plan de acción para el empleo:
a) Personas con discapacidad. b) Personas inmigrantes. c) Mujeres con problemas de integración laboral. d) Personas desempleadas en riesgo de exclusión social. e) Perceptores de subsidios y prestaciones por desempleo, de la Renta Activa de Inserción o de la Renta de Integración Social de Galicia. f) Colectivo de personas desempleadas de larga duración.
Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro y las corporaciones locales que acrediten experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento a los desempleados en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.
Cuantía de las ayudas
Para el desarrollo de los planes integrales de empleo, la financiación total se determinará en el correspondiente convenio de colaboración, en función del número de personas a atender y los objetivos previstos de inserción, siendo la cantidad máxima a percibir de 1.800 euros por persona atendida y 5.400 euros por persona atendida e insertada en el mercado de trabajo.
En ningún caso, teniendo en cuenta ambos parámetros, se podrá percibir una cantidad superior a 2.400 euros de promedio por desempleado objeto del plan.
Gastos subvencionables
a) Los costes salariales y de Seguridad Social del personal necesario para el apoyo y/o formación de los demandantes de empleo, incluyendo el personal que presta servicios en la entidad beneficiaria y aquel otro que pudiera contratarse a tal fin, hasta un límite de 42.000 euros anuales por trabajador.
b) Gastos de dietas y desplazamiento de dicho personal y de los demandantes que participen en el plan.
c) Gastos derivados de la contratación de medios externos dirigidos a la formación de los desempleados participantes en el plan, así como, las pólizas de seguros para la formación técnica y prácticas ocupacionales de los mismos, en caso necesario.
d) Gastos de amortización de materiales y equipos técnicos necesarios para impartir la formación, con límite del 10% del coste total del proyecto.
- Gastos de ejecución de material técnico (guías, documentación para el participante...) y de ejecución en material de oficina.
- Gastos generales necesarios para la ejecución de las acciones en la parte correspondiente a dicha ejecución:
- Arrendamiento (leasing excluido): edificios, mobiliario, enseres y equipos de arrendamiento.
- Mantenimiento (si no está incluido en el arrendamiento).
- Suministro de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción (si no está incluido en el arrendamiento).
- Comunicaciones (teléfono, correos...).
- Limpieza.
- Seguridad y vigilancia.
- Seguros de responsabilidad civil.
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