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Ayudas para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local, en el ámbito de la colaboración de la Consellería de Trabajo con las entidades locales, a través de los programas de cooperación, como instrumento para promover la configuración de una red especializada en la implantación de las políticas activas de empleo y la generación de empleo en el entorno local.
Beneficiarios
Las entidades locales o entidades públicas dependientes o vinculadas a una Administración local que no incurran en las circunstancias establecidas en el artículo 10.2º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cuantía de la ayuda
La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por cada agente de empleo y desarrollo local será a equivalente al 80 por 100 de los costes laborales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, con el límite máximo de 27.046 euros anuales por cada contratación subvencionada.
La subvención se concederá por un período de un año, pudiendo prorrogarse la subvención para la contratación del agente de empleo y desarrollo local por iguales períodos, precisándose para cada año una nueva solicitud y concesión de subvenciones. |