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Ayudas a las empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias para el fomento de la utilización de productos y procesos de producción que respeten el medio ambiente.
Beneficiarios
Cualquier empresa ubicada en la Comunidad Autónoma de Canarias.
En todo caso, para obtener la condición de beneficiario las organizaciones deberán cumplir con los requisitos contenidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Actuaciones subvencionables
Las actuaciones que se subvencionan son las inversiones destinadas a la utilización de tecnologías anticontaminantes e integración de tecnologías limpias en los sistemas de producción de las empresas y a la realización de auditorías ambientales.
Cuantía de las ayudas
Para las inversiones destinadas a la utilización de tecnologías anticontaminantes e integración de tecnologías limpias en los sistemas de producción de las empresas y a la realización de auditorías ambientales la subvención podrá cubrir hasta un 75% del coste total, con un límite máximo de 18.000,00 euros.
Gastos no subvencionables
- El I.G.I.C. satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y, en general, cualquier impuesto pagado por la entidad.
- Los gastos financieros originados como consecuencia de la inversión.
- Los que no estén definidos o que no tengan como finalidad el objeto de la subvención, así como los no imputables directamente a los procedimientos objeto de subvención.
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