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Fecha de inserción: 24-nov-2008 Cataluña
Ayudas para la implantación de desecherías y otros equipamientos para la recogida selectiva y la valorización de los residuos municipales

Estas ayudas tienen por objeto el otorgamiento de subvenciones para los conceptos siguientes:

a) Implantación de desecherías (centros para la recepción y el almacenamiento selectivos de residuos municipales que no son objeto de recogida domiciliaria): redacción del proyecto, obra civil, instalación de energía solar, adquisición de contenedores, dirección de obras y coordinación de la seguridad y salud laboral.

  • Contenedores tipo bañera o caja.
  • Contenedores para la recogida selectiva de vidrio, papel y envases.
  • Contenedores para la recogida de aceites vegetales.
  • Contenedores para la recogida de aceites minerales: capacidad mínima de 600 litros y sistema de doble casco o de bandeja colectora para recoger posibles derramamientos.
  • Contenedores para la recogida de baterías de automoción: capacidad aproximada de 650 litros, material anticorrosivo.
  • Otros contenedores que sean necesarios para depositar las diferentes clasificaciones de materiales aceptados en las desecherías.
  • Contenedores para la recogida de residuos especiales en pequeñas cantidades: capacidad de 500 y de 60 litros (según recogida) para cada uno de los grupos siguientes (clasificación orientativa que habrá que definir de acuerdo con el gestor de destino): ácidos, bases, disolventes, sólidos/pastosos, aerosoles, productos comburentes, productos no identificados y aceites lubricantes.

b) Implantación de desecherías móviles:

  • Desecherías móviles en especie modelo 1 o modelo 2 de acuerdo con la Norma técnica sobre desecherías y otros equipamientos municipales vigente, publicada en la web de la Agencia de Residuos de Cataluña, con los presupuestos actualizados.
  • Desecherías móviles dinerarias modelo 1, modelo 2 u otros no incluidos en la Norma técnica.

c) Implantación de minidesecherías.

d) Mejoras estructurales y equipamiento auxiliar en la red de desecherías siempre y cuando estas no hayan sido subvencionadas en otras convocatorias.

e) Otros equipamientos necesarios para la entidad local, entendiendo como otros equipamientos nuevas infraestructuras con sus elementos que favorezcan la recogida selectiva y la valorización o recuperación de los residuos municipales.

Beneficiarios

Las entidades locales de Cataluña, previa adhesión a la plataforma EACAT, que ejecuten las actuaciones objeto de esta y soporten el gasto derivado de su realización.

Para ser beneficiario de una subvención para la realización de obras de una desechería, será preciso que el secretario declare que la ejecución del proyecto de desechería ha sido aprobada por el órgano de gobierno local.

Una entidad local no podrá concurrir a la convocatoria de forma simultánea y por el mismo concepto de manera individual y a la vez a través de una entidad supramunicipal.

En caso de que la solicitud de subvención sea presentada por una entidad supramunicipal, este deberá indicar si actúa en nombre propio o si lo hace en virtud de una encomienda de gestión previamente formalizada con las entidades locales correspondientes.

Cuantía de la ayuda

El tipo de instalación subvencionable atendiendo el criterio de población servida (valores de referencia), es el siguiente:

  • Desechería básica: entre 2.000 y 5.000 habitantes.
  • Desechería tipo A: entre 5.000 y 10.000 habitantes.
  • Desechería tipo B: entre 30.000 y 70.000 habitantes.
  • Desechería tipo C: más de 150.000 habitantes.

Importes máximos

Desechería móvil:

  • Modelo 1: 35.669,39 euros.
  • Modelo 2: 81.141,75 euros.

Minidesechería: 85.354,79 euros.

Desechería básica: 107.201,64 euros.

Desechería tipo A: 212.259,31 euros.

Desechería tipo B: 399.511,32 euros.

Desechería tipo C: 716.034,57 euros.

Para los equipamientos de las desecherías incluidas en el Progremic (báscula, prensa o compactador):

  • Desechería tipo A: 13.475,01 euros.
  • Desechería tipo B: 62.112,73 euros.
  • Desechería tipo C: 74.407,82 euros.

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RESOLUCIÓN MAH/3320/2008, de 29 de octubre
DOGC 21-11-2008
El plazo para la presentación de solicitudes será de dos meses

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