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Las ayudas tienen como finalidad la concesión de becas derivadas de la asistencia a cursos de formación por la realización de acciones de reciclaje profesional durante el proceso de búsqueda de empleo.
Beneficiarios
Son destinatarios de las subvenciones por acciones de reciclaje profesional los trabajadores excedentes del sector textil y de la confección.
Se considerarán trabajadores excedentes a los trabajadores del sector textil y de la confección cuyo contrato de trabajo se haya extinguido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, bien a través del procedimiento de regulación de empleo establecido en los artículos 51 y 57 bis del Estatuto de los Trabajadores, o bien cuando la extinción del contrato de trabajo sea por las causas objetivas contempladas en el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores, siendo necesario en el supuesto de extinción por causas objetivas haber tenido una antigüedad en la empresa de 3 años.
Los trabajadores excedentes del sector deberán encontrarse desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Extremeño Público de Empleo.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de la subvención a conceder por la realización de acciones de reciclaje profesional será de 10 euros por día lectivo hasta la finalización del curso, y se abonarán en un pago único por su totalidad una vez se haya dictado la resolución de concesión a la finalización de la acción formativa y una vez justificada la misma. |