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Concesión de 10 ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, destinadas a titulados universitarios que deseen alcanzar una formación técnica para labores de investigación, innovación y transferencia de tecnología, en Organismos Públicos de Investigación y Centros Tecnológicos radicados en Extremadura, públicos o privados sin ánimo de lucro y con finalidad investigadora, legal o estatutaria,.
Beneficiarios
- Estar en posesión de un título universitario, habiendo finalizado los estudios para obtener dicho título dentro de los tres cursos académicos anteriores al de esta convocatoria.
- Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no públicos deberán estar homologados.
- Para acceder a la fase de contrato en prácticas, haber superado la prueba de madurez tecnológica y cumplir los requisitos necesarios para firmar un contrato en práctica.
Criterios de valoración
La Comisión de Selección realizará la priorización de los Grupos a los que se concede la adscripción de un becario mediante la valoración de su Memoria de los tres últimos años de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Actividades de formación de nuevo personal investigador (40%).
2. Recursos de investigación captados fuera de Extremadura (30%).
3. Publicaciones en revistas de impacto (30%).
Una vez seleccionados los Grupos a los que se adscribirán los becarios, la elección del beneficiario de cada una de las ayudas se realizará, entre todos los solicitantes de cada Grupo concreto, mediante la aplicación de los siguientes criterios:
1. Informe del Investigador Responsable del Grupo (70%).
2. Calidad del plan de formación propuesto (30%).
Cuantía de la ayuda
Las ayudas tendrán una duración de 36 meses, contados a partir de la fecha de incorporación de los beneficiarios que se indiquen en la resolución de la convocatoria, y se estructuran en dos periodos diferenciados:
En el primer periodo, de 18 meses de duración, la ayuda revestirá las características de una beca, y en él los beneficiarios deberán alcanzar la suficiencia tecnológica que se acreditará con la presentación de un trabajo de madurez tecnológica (investigación, innovación y/o transferencia de tecnología), mediante el cual demuestre el conocimiento teórico y práctico de una tecnología. Dicho trabajo será evaluado por un tribunal presidido por el Director General competente por razón de la materia, o persona en quien delegue, y del que forman parte como vocales los Jefes de Servicio de Recursos para la Investigación Científica y de Coordinación del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, o en su caso, los responsables de los órganos que tengan asumidas las correspondientes competencias, y dos investigadores designados por el Presidente del tribunal. La prueba de evaluación constará de la presentación de un trabajo escrito, junto con una exposición presencial del mismo al tribunal.
En el segundo periodo, de 18 meses de duración, los beneficiarios que hayan superado la prueba de madurez tecnológica, formalizarán con el Centro al que estén adscrito, o con la Sociedad Pública de Gestión de la Innovación de Extremadura en aquellos Centros que no tengan personalidad jurídica propia, un contrato en prácticas de los regulados por el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). De acuerdo con el objetivo de esta ayuda, la formalización de este contrato ultimará la formación tecnológica subvencionada, sin que la contraprestación correspondiente pase a formar parte del patrimonio de la Junta de Extremadura.
La distribución de las ayudas entre las Áreas del Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura, y cuyos Grupos cumplan con el requisito del punto anterior, será la siguiente:
- Área de Agroalimentación: 6 ayudas.
- Área de Ciencias de la Vida: 1 ayuda.
- Área de Física, Química y Matemáticas: 1 ayuda.
- Área de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible: 2 ayudas.
Durante el primer periodo de la ayuda, cuya duración es de 18 meses, la actividad subvencionable incluye la compensación económica a los becarios, y los cursos de formación necesarios para la formación del becario, en función de la disponibilidad presupuestaria.
El segundo periodo, con una duración de 18 meses, la actividad subvencionable cubre el importe del salario a percibir por el beneficiario y los costes sociales asociados al contrato.
En la fase de beca, la ayuda bruta que percibirán los beneficiarios será de 13.800 euros anuales, distribuidos en 12 mensualidades.
En la fase de contrato en práctica, la retribución bruta durante el primer año de contrato será de 17.304,24 euros anuales, distribuidos en 12 mensualidades y durante los seis meses restantes el equivalente mensual a la cantidad de 21.630,36 euros anuales. |