|
Las ayudas tienen por objeto establecer una línea de financiación para la producción cinematográfica.
Beneficiarios
Las empresas privadas de producción cinematográfica, de cualquier lugar de España, inscritas en la Sección Primera del Registro de Empresas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), con datos actualizados, que no hayan sido beneficiarios de ayuda sobre proyecto del ICAA para la película objeto del préstamo acogido al convenio.
Inversiones subvencionables
Producción cinematográfica de largometrajes.
Cuantía de la ayuda
Préstamos para producción de largometrajes: hasta el 50 por 100 del presupuesto de la película, con un límite de un millón de euros (1.000.000 euros).
El importe máximo acumulado por productor será de cuatro millones de euros (4.000.000 euros) dentro de cada dotación anual de la Línea de Financiación; en casos excepcionales, que serán estudiados por el Comité de Seguimiento del Convenio, podrá autorizarse una acumulación máxima por empresa de hasta cinco millones de euros (5.000.000 euros).
Plazo de amortización/carencia/liquidación: 4 años, incluidos 2 de carencia (la 1.ª amortización de capital se producirá en el mes trigésimo).
La liquidación de intereses y amortización será semestral, tanto para la Entidad de Crédito Mediadora como para el Beneficiario Final.
Tipo de cesión a la Entidad de Crédito: Variable, Ref. Euribor 6 meses, revisable semestralmente.
Tipo Máximo al Beneficiario Final: Variable, Ref. Euribor 6 meses + hasta 0,75 p.p, revisable semestralmente.
Disposiciones: Todos los préstamos se dispondrán de una sola vez, por el 100% en el momento de la firma de la operación. |