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La finalidad de las ayudas es la paralización definitiva de las actividades pesqueras en el marco de los programas de adaptación de la flota para los buques del caladero de NEAFC (Gran Sol), buques palangreros de superficie y para buques arrastreros congeladores adoptados al amparo del Reglamento (CE) 744/2008, de manera que esa reducción suponga una mayor rentabilidad de la flota pesquera en general y de los segmentos de flota afectados por los programas en particular y la consecución de una reducción permanente de la capacidadpesquera de los segmentos de flota a que se apliquen de al menos un treinta por ciento (30%).
Beneficiarios
a) Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los propietarios de buques pesqueros con puerto base en la Comunidad Autónoma de Galicia e inscritos en el Registro de Buques Pesqueros de la Comunidad Autónoma de Galicia (RBPG).
b) El buque tendrá que estar incluido en los programas de adaptación de la flota para buques pesqueros del caladero de NEAFC (Gran Sol), de palangre de superficie y barcos de arrastre congeladores adoptados por la Comunidad Autónoma de Galicia por resolución de la Consellería del Mar de 30 de junio de 2009.
Cuantía de las ayudas
a) Prima por desguace:
| Categoría del buque por tonelaje (GT) | Importe máximo de la prima (euros) | | 0 < 10 | 11.550 × GT + 2.100 | | 10 < 25 | 5.250 × GT + 65.100 | | 25 < 100 | 4.410 × GT + 86.100 | | 100 < 300 | 2.835 × GT + 243.600 | | 300 < 500 | 2.310 × GT + 401.100 | | 500 o más | 1.260 × GT + 926.100 |
b) Prima en el caso de que el buque se destine a tareas no pesqueras de carácter no lucrativo: mismo baremo que el desguace.
c) Prima en el caso de que el buque se destine a tareas no pesqueras de carácter lucrativo: los importes máximos de la prima por desguace se reducirán en un 50%.
Los importes máximos se verán reducidos en un 1% por cada año que sobrepase los veinte años hasta un máximo de 30 años o más. |