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Las ayudas tienen por objeto regular las subvenciones destinadas a asociaciones y fundaciones para la financiación de actuaciones de educación y sensibilización ambiental en materia de cambio climático.
Actuaciones subvencionables
Las actuaciones de educación y sensibilización ambiental en materia de cambio climático subvencionables son: campañas de sensibilización ambiental, acciones formativas, recursos para la educación formal y no formal, itinerarios, exposiciones, seminarios, talleres, jornadas, conferencias y congresos.
Beneficiarios
Pueden optar a las subvenciones las personas jurídicas siguientes:
a) Las asociaciones.
b) Las fundaciones.
Para poder optar a las subvenciones, las personas jurídicas mencionadas deben ejercer su actividad en Cataluña.
Gastos subvencionables
Se consideran gastos subvencionables los que tengan una relación directa con la actuación subvencionada y se lleven a cabo antes de que acabe el plazo de justificación de la actuación que fija la convocatoria, incluidos los gastos de personal, gastos de viaje, y de funcionamiento propio.
Los gastos subvencionables están sometidos a las limitaciones siguientes:
a) Tan sólo se podrán imputar a la subvención las retribuciones efectivamente devengadas por la actividad para la cual fue concedida.
b) No se podrán imputar a la subvención los gastos realizados en la condición de miembros de las juntas directivas o consejos de dirección de la entidad.
c) Las dietas y gastos de viaje directamente relacionados con la actividad objeto de la subvención, podrán ser objeto de subvención en las cuantías establecidas en el Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón del servicio. Los viajes al extranjero tienen carácter excepcional y sólo se subvencionarán si se justifican como imprescindibles para la realización de la actividad subvencionada.
d) Se podrán considerar como gasto de funcionamiento propio cualquier otro gasto debidamente justificado, directamente relacionado con la actividad objeto de subvención, como gastos de material fungible, gastos de mantenimiento y alquiler de inmuebles y otros costes, como suministro de luz, agua, teléfono, cuya imputación se efectúe en la parte que corresponda de forma razonable y de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente aceptados, hasta un importe máximo de un 10% del importe del presupuesto de la actividad subvencionada.
Cuantía de la ayuda
El importe por actuación puede llegar al 100% de su coste total.
Las entidades beneficiarias de subvenciones para actuaciones de educación y sensibilización ambiental pueden subcontratar la ejecución de una parte, siempre que esta subcontratación no exceda del 70% de los gastos subvencionables. |