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Este programa tiene como finalidad fomentar las transformaciones en indefinidos de contratos para la formación, en prácticas, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, formalizadas con menores de 30 años de edad, así como la transformación de contratos temporales en indefinidos con trabajadores menores de 30 años de edad que hayan sido objeto de expediente de regulación de empleo o despido en alguna empresa ubicada en Castilla y León.
Beneficiarios
- Forestal (restauración forestal, prevención de incendios forestales, tratamientos selvícolas, etc.).
- Dependencia y ayuda a domicilio.
- Patrimonio histórico-artístico (iniciativas tales como Monumentos Abiertos, Camino de Santiago, etc.).
- Energías renovables, eficiencia energética.
- Comercio.
- Turismo.
- Hostelería.
- Restauración.
No podrán beneficiarse de estas subvenciones las Administraciones públicas, ni las empresas públicas o participadas.
Destinatarios
Las transformaciones de contratos temporales en indefinidos subvencionables deberán formalizarse con trabajadores menores de 30 años de edad.
Actividad subvencionable
Subvencionar el fomento de la transformación en indefinidos de contratos para la formación, en prácticas, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, formalizadas con menores de 30 años de edad, así como la transformación de contratos temporales en indefinidos con trabajadores menores de 30 años de edad que hayan sido objeto de expediente de regulación de empleo o despido en alguna empresa ubicada en Castilla y León, dentro de los seis años anteriores a la fecha de la transformación en indefinido del contrato temporal por la que se solicita subvención.
Cuantía de la ayuda
Las transformaciones de contratos temporales en indefinidos a jornada completa en los términos expuestos, se subvencionarán con una cuantía de 8.299,80 euros.
Para el cálculo de la cuantía de la subvención por la transformación de contratos temporales en indefinidos formalizada a jornada parcial, las cantidades mencionadas se reducirán en proporción al prorrateo que resulte de aplicar sobre la jornada ordinaria a tiempo completo de 40 horas semanales, o la jornada aplicable en la empresa o sector, el número de horas de trabajo correspondiente al contrato subvencionable. |