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Las ayudas tienen por objeto favorecer el empleo estable y facilitar la inserción laboral de los parados y paradas de larga duración que presentan desventajas y dificultades particulares para permanecer en el mercado de trabajo.
Beneficiarios
Las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidos autónomos y autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten por cuenta ajena personas trabajadoras desempleadas de larga duración, para prestar servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Cuantía de las ayuda
Las contrataciones indefinidas iniciales, realizadas con trabajadores desempleados de larga duración, se incentivarán con una ayuda, pagadera de una sola vez, que consistirá en una subvención de una cuantía equivalente al importe del 60% del coste salarial anual, calculada sobre dos anualidades, hasta un máximo de 6.000 euros, incrementándose este límite hasta 8.000 euros cuando las contrataciones se realicen con mujeres.
Los límites anteriores se elevarán hasta 7.000 euros, en el caso de los hombres, y hasta 9.000 euros, en el caso de las mujeres, cuando las contrataciones se realicen con parados o paradas de larga duración de 45 o más años.
En el caso de que la contratación la realice una microempresa, los incentivos anteriores tendrán los siguientes límites:
- Hasta un máximo de 8.000 euros en el caso de que la contratación se realice con hombres, incrementándose a una cuantía de 12.000 euros cuando las contrataciones se realicen con mujeres.
- Los incentivos anteriores alcanzarán una cuantía de hasta 10.000 euros en el caso de que las contrataciones se realicen con hombres y hasta 14.000 euros en el caso de que se realicen con mujeres, todos ellos de 45 o más años de edad.
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