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Ayudas a proyectos de fomento de la implantación y del uso de las TIC en las micropymes y pymes en el marco del Plan PIMESTIC.
Beneficiarios
Las cámaras oficiales de comercio, las asociaciones, las fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto defender los intereses de las micropymes y pymes en Cataluña o mejorar su competitividad mediante el fomento de la implantación y del uso de las TIC.
Actividades subvencionables
Son objeto de subvención los proyectos relacionados con las actuaciones del Plan PIMESTIC y, concretamente, con las tareas de divulgación, asesoramiento, orientación y formación en la implantación y el uso de las TIC en las micropymes y pymes.
Pueden ser objeto de subvención las actividades siguientes:
a) Difundir y promover actuaciones relacionadas con el Plan PIMESTIC.
b) Organizar jornadas de sensibilización y formación dirigidas a micropymes y pymes, donde se expliquen con ejemplos reales las ventajas asociadas a la implantación y el uso de las TIC en el negocio.
- Jornadas de sensibilización y formación dirigidas a micropymes y pymes de todo el territorio catalán, donde de manera genérica se presenten las ventajas de implantar y de utilizar las TIC en los diferentes ámbitos de la empresa.
- Jornadas en que se expongan casos reales de empresarios/as catalanes/as que han conseguido resultados eficientes en la gestión de su negocio por el uso de las TIC.
- Jornadas, talleres y seminarios sectoriales orientados a impulsar la implantación y el uso de las TIC en sectores específicos como el comercio y el turismo, donde se pongan en común las necesidades o carencias sectoriales.
- Jornadas, talleres y seminarios temáticos orientados a impulsar mejores o nuevos usos de las TIC en materias especificas (seguridad informática, posicionamiento de páginas web, marketing electrónico, comercio electrónico, factura electrónica, software libre, entre otros).
c) Prestar el servicio de orientación PIMESTIC dirigido a las micropymes y pymes de cualquier sector de actividad, por medio del cual una persona experta en orientación tecnológica, homologada en la metodología establecida por la Secretaría de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, analiza el nivel de implantación y de uso de las TIC en una empresa y ofrece, a partir de este diagnóstico y de un análisis particularizado de las necesidades del negocio, una propuesta de mejora basada en el uso de las TIC que debe permitir que la empresa sea más competitiva en diversos ámbitos, como por ejemplo en la optimización de procesos internos, la mejora de la relación entre clientes y proveedores y/o en la mejora de sus procesos de compras (http://www.pimestic.cat/servei-orientacio/que-es.html).
El servicio de orientación puede ser de dos tipos:
- El servicio de orientación básico se dirige a empresas que se encuentran en un estado básico de digitalización. Es un asesoramiento general que permite determinar cuáles son las actuaciones más apropiadas, según cada caso particular, para mejorar la presencia de la empresa en Internet o agilizar las relaciones y comunicaciones con los proveedores aprovechando el correo electrónico, entre otras.
- El servicio de orientación avanzado se dirige a empresas que ya han incorporado las nuevas tecnologías en su negocio pero que quieren mejorar el grado de aprovechamiento de las TIC. Es un asesoramiento más detallado que permite profundizar sobre aspectos concretos: gestionar automáticamente los inventarios, mejorar la relación con proveedores y clientes, optimizar los procesos internos, agilizar los trámites con la banca y las administraciones públicas, realizar transacciones económicas seguras por Internet, gestionar dispositivos de manera remota, entre otros.
d) Desarrollar sesiones de formación relativas a EinesTIC, el paquete informático para autónomos y microempresas basado en herramientas estándar de software libre y destinado a cubrir los requerimientos informáticos básicos del día a día de los profesionales y de las micropymes y pymes.
e) Desarrollar otras actividades orientadas a difundir y promover la implantación y el uso de las TIC en las micropymes y pymes.
El importe de las actividades que integran el proyecto tiene que ser de un mínimo de 50.000 euros.
Las actividades objeto de la subvención se tienen que haber realizado entre el 1 de enero y el 30 de noviembre del año 2010.
Gastos subvencionables
a) Gastos de personal por la gestión o coordinación de la actividad.
b) Gastos derivados de la adquisición de material no inventariable relacionado con el desarrollo de las actividades subvencionables.
c) Gastos derivados de la organización y de la celebración de las actividades subvencionables.
d) Gastos derivados del plan de comunicación de las actividades subvencionables.
e) Gastos derivados de la realización de los estudios sobre el impacto de las actuaciones subvencionables.
Cuantía de las ayudas
Se puede subvencionar hasta un importe máximo del 50% del presupuesto del proyecto presentado, con un máximo de 75.000 euros por proyecto.
En los proyectos que incorporen actuaciones relativas a la prestación del servicio de orientación PIMESTIC, el importe máximo subvencionado es de 300 euros por servicio básico prestado y 500 euros por servicio avanzado prestado, importes que incluyen los costes de gestión asociados. |